Colaboración

Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios:

Socios ordinarios

Aquellas personas con Discapacidad Intelectual, que no se encuentren bajo tutela judicial y deseen inscribirse como tales, así como también todas aquellas que obtengan autorización de su tutores legales para hacerlo, sin que esto
suponga, que dichos tutores legales adquieran ningún estatus o derecho dentro de la Asociación, ni siquiera el de actuar representando a sus tutelados dentro los órganos de la misma, representación que solo podrá ejercitarse a través de otro socio.

Socios Colaboradores

Aquellos que por su capacitación profesional (Educadores Sociales, Psicólogos, Pedagogos, logopedas, Monitores especializados, etc.) o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios Colaboradores corresponderá a la Junta Directiva.

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